Películas en Festivales

Dirigida a la participación de películas colombianas (cortos y largometrajes), producidas durante los años 2017 y 2018, que hayan sido seleccionadas en los festivales elegidos por el CNACC para el año 2018.

Para conocer la lista de festivales aprobados para este año, por favor revise el enlace Lista de eventos de participación internacional.

Para acceder a este estímulo el productor concursante deberá:

  1. Registrarse en el aplicativo en línea y aceptar términos y condiciones.
  2. Postular a través del aplicativo en línea el proyecto con todos los requisitos solicitados a más tardar 20 días hábiles después de la finalización del evento. Recomendamos hacer esta postulación con anterioridad.
  3. Enviar en físico a las oficinas de Proimagenes Colombia (Calle 35 #5-89) un único informe de acreditación de gastos dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de terminación del evento. Para preparar esta documentación, es indispensable que consulte el Instructivo de acreditación de gastos.

Los plazos mencionados no son prorrogables y en caso de no cumplirlos se pierde el estímulo.

Cronograma

Apertura Cierre
Lunes Enero 2 de 2018 Viernes 14 de diciembre

Estímulos

El monto máximo a otorgar es de quince millones de pesos ($15.000.000) por proyecto, de acuerdo a la ubicación geográfica del festival, así:

Para festivales en:

  1. América: hasta siete millones de pesos ($7.000.000)
  2. Europa: hasta diez millones de pesos ($10.000.000)
  3. Asia y/o Oceanía: hasta quince millones de pesos ($15.000.000)
  4. Para el caso de festivales en Colombia, se otorgará hasta cinco millones de pesos ($5.000.000) para películas en el Festival de Cine de Cartagena y un millón de pesos ($1.000.000) para películas en otros festivales nacionales aprobados.

Aquellas películas seleccionadas en los festivales de Cannes, Berlín, Toronto, San Sebastián, IDFA, Annecy y Sundance tendrán hasta catorce millones de pesos ($14.000.000) adicionales para invertir exclusivamente en promoción en los dailys publicados en estos festivales por revistas especializadas.

El estímulo se otorgará mediante el reembolso del 100% del valor de las facturas presentadas de los costos elegibles que se enuncian a continuación y que deben estar incluidos específicamente en el presupuesto:

  1. Elaboración de materiales promocionales.
  2. Elaboración de traducciones del material promocional. Este costo elegible será reembolsado una única vez por idioma.
  3. Elaboración de traducciones de la película. Este costo elegible será reembolsado una única vez por idioma.
  4. Subtitulaje de la película. Este costo elegible será reembolsado una única vez por idioma.
  5. Elaboración de copias y multicopiados (todos los formatos)
  6. Tiquetes en avión, tren, autobús y/o barco (clase económica) para los siguientes cargos colombianos: director(es), productor, coproductor(es) y actores o personajes principales. No se pagarán transportes dentro de las ciudades ni traslados de y hasta aeropuertos.
  7. Transporte internacional de copias de la película.
  8. Alojamiento en la ciudad del Festival para los siguientes cargos colombianos: director(es), productor, coproductor(es) y actores o personajes principales. Se reembolsará máximo trescientos dólares (US$300) por persona.

Para conocer cómo se realiza la acreditación de gastos por favor revise el enlace Instructivo de acreditación de gastos.

Quiénes pueden participar.

Productores cinematográficos colombianos: Personas naturales o personas jurídicas que sean empresas cinematográficas colombianas, de conformidad con la definición establecida en la presente convocatoria (revisar Glosario de términos).

En caso de coproducciones nacionales, quien participa es el productor colombiano que tenga el mayor porcentaje de la película.

Esta convocatoria entiende como Productor la persona natural o jurídica que tiene la iniciativa, la coordinación y la responsabilidad de la producción de la obra cinematográfica. Es el responsable de los contratos con todas las personas y entidades que intervienen en la realización de la obra (Ley 23 de 1982) y es quien detenta los derechos patrimoniales de la obra.

No pueden participar.

Sin perjuicio de otras restricciones generales establecidas en esta convocatoria, no pueden participar en esta categoría:

  1. Los proyectos que hayan obtenido estímulos en esta misma categoría en tres (3) ocasiones, con independencia de la convocatoria a la que hubieran postulado.
  2. Quienes estén incursos en alguna de las restricciones generales establecidas en esta convocatoria y quienes no cumplan con las exigencias específicas para participar.

Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria.

Requisitos para participar

REQUISITO PERSONA
NATURAL
PERSONA
JURÍDICA
1 Información del proyecto. (Formulario diligenciable en línea)
2 Cédula de ciudadanía del productor concursante, por ambas caras. En el caso de personas jurídicas, la del representante legal. (Documento en PDF)
3 Certificado de existencia y representación legal, expedido con fecha no mayor a 30 días al momento del envío del proyecto. La persona jurídica debe estar activa y tener matrícula mercantil renovada. (Documento en PDF) No
4 Carta de invitación y/o comunicación emitida por el festival donde se especifique: sección en la que está invitada la película, costos que asume la organización, lugar y fecha del evento. Las cartas en idioma diferente al castellano deberán adjuntar la traducción correspondiente. (Documento en PDF)
5 Resolución de reconocimiento de carácter de producto nacional de la obra cinematográfica. Este documento lo emite la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura y la expedición del mismo puede tomar más de 15 días hábiles (información y requisitos en www.mincultura.gov.co). No se aceptarán certificaciones de documento en trámite. (Documento en PDF)
6 Presupuesto detallado de los costos necesarios para la participación de la película en el festival. Debe incluir los costos elegibles. Revise modelo de presupuesto. (Documento en PDF)
7 Cronograma de actividades que incluya las fechas de proyección de la película. (Documento en PDF)

No se requiere celebración de contrato regulador de estímulos. Sin embargo y, sin perjuicio de todos los controles pertinentes, la participación del proyecto en la convocatoria se entiende como una aceptación expresa de sus términos y condiciones, vinculantes para todos los efectos legales.

Reembolso significa que las facturas y/o cuentas de cobro, ya han sido pagadas. Por lo tanto Proimágenes Colombia solicitará los soportes de los costos elegibles pagados previamente por los beneficiarios. Para conocer cómo se realiza la acreditación de gastos consulte el Instructivo de acreditación de gastos.

Revisión de requisitos

Una vez recibido el proyecto a través de la plataforma en línea, Proimágenes revisará los documentos enviados para verificar que cumplan con todos los requisitos y condiciones exigidas así como la veracidad de los documentos que considere pertinentes. Proimágenes Colombia podrá solicitar aclaraciones.

Proimágenes Colombia se tomará cinco (5) días contados a partir del día en que se haga la postulación del proyecto para hacer esta revisión.

Los concursantes que no presenten uno o varios de los requisitos, serán informados al correo electrónico reportado en el registro en línea y podrán enviar los documentos faltantes a través de la plataforma durante un plazo de cinco (5) días después del recibo de la comunicación de Proimágenes Colombia. No se aceptarán proyectos ni documentos enviados con posterioridad a los plazos estipulados, ni por vías diferentes a la plataforma en línea.

Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria.

Se recomienda adelantar la presentación de proyectos con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes técnicos en la misma.