Dirigida a proyectos de comunicación pública de obras cinematográficas colombianas de largometraje durante el año 2020. Los proyectos deben ser presentados por personas naturales o personas jurídicas que sean exhibidores cinematográficos colombianos que cumplan con las siguientes características:
- Estar registrados en el SIREC con máximo 13 salas,
- que contribuyan con la cuota para el desarrollo cinematográfico,
- que estén a paz y salvo con la declaración y pago de la cuota hasta febrero 2020.
Para efectos de esta modalidad, se toma como parámetro la definición de Comunicación Pública dada por el Artículo 15 de la decisión 351, régimen común sobre derecho de autor y derechos conexos de la Comunidad Andina, que se relaciona con el área cinematográfica y audiovisual:
Se entiende por comunicación pública, todo acto por el cual una pluralidad de personas, reunidas o no en un mismo lugar, pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas, y en especial las siguientes:
La proyección o exhibición pública de las obras cinematográficas colombianas;
La emisión de dichas obras por radiodifusión o por cualquier otro medio que sirva para la difusión inalámbrica de signos, sonidos o imágenes. El concepto de emisión comprende, asimismo, la producción de señales desde una estación terrestre hacia un satélite de radiodifusión o de telecomunicación;
En general, la difusión, por cualquier procedimiento conocido o por conocerse, de los signos, las palabras, los sonidos o las imágenes.
Se espera recibir proyectos innovadores que logren interpretar el contexto actual, identificar nuevas oportunidades de exhibición y desarrollar estrategias de comunicación pública.
Las propuestas que se presenten deben tener en cuenta lo siguiente:
- Incluir largometrajes colombianos de cualquier género: ficción, documental, animación, y cualquier temática.
- Las películas que hagan parte de la propuesta presentada, deben contar con resolución de producto nacional del año 2018 en adelante.
- El proyecto deberá incluir la propuesta de permanencia y frecuencia de los títulos en pantalla.
- Debe cobrar ingreso por espectador o visualización de las películas.
Apertura | Cierre | Publicación aceptados | Resultados |
30/04/2020 | 29/05/2020 | 15/06/2020 | 22/07/2020 |
La plataforma en línea para la postulación de proyectos, quedará deshabilitada a las 6:00 p.m., hora legal de la República de Colombia (UTC/GMT-5), del día de cierre. Se recomienda realizar la postulación de proyectos con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes técnicos en la misma.
El monto total destinado es de trescientos millones de pesos ($300.000.000), con estímulos de cincuenta millones de pesos ($50.000.000) por proyecto a excepción de aquellos que soliciten un monto inferior los cuales serán considerados en igualdad de condiciones con los demás participantes.
QUIÉNES PUEDEN CONCURSAR En esta modalidad pueden participar personas naturales o personas jurídicas colombianas cuyo objeto social incluya la exhibición cinematográfica. Los exhibidores deberán estar registrados en el SIREC con máximo 13 salas, contribuir con la cuota para el desarrollo cinematográfico y estar a paz y salvo con la declaración y pago de la cuota hasta febrero 2020. | NO PUEDEN CONCURSAR Quiénes estén incursos en algunas de las restricciones generales establecidas en esta convocatoria y quienes no cumplan con las exigencias específicas para concursar. Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria. |
REQUISITOS | Persona natural | Persona jurídica | |
1 | INFORMACIÓN DEL PROYECTO (FORMULARIO DILIGENCIABLE EN LÍNEA). | SI | SI |
2 | CÉDULA DE CIUDADANÍA POR AMBAS CARAS DEL EXHIBIDOR CONCURSANTE. EN EL CASO DE PERSONAS JURÍDICAS, LA DEL REPRESENTANTE LEGAL. (DOCUMENTO EN PDF) | SI | SI |
3 | CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL, EXPEDIDO CON FECHA NO MAYOR A 30 DÍAS AL MOMENTO DEL ENVÍO DEL PROYECTO. (DOCUMENTO EN PDF) | NO | SI |
4 | PERFIL DE LA PERSONA JURÍDICA CONCURSANTE O DE LA PERSONA NATURAL CONCURSANTE, EN DONDE SE ESPECIFIQUEN LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA EXHIBICIÓN (ESPACIO DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA, MÁXIMO 2000 CARACTERES). | SI | SI |
5 | ANEXO 15. PROPUESTA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA DE PELÍCULAS COLOMBIANAS. (DOCUMENTO EN PDF) Y DILIGENCIE SIN MODIFICAR EL FORMATO | SI | SI |
6 | CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES. (DOCUMENTO EN PDF) | SI | SI |
7 | PRESUPUESTO DETALLADO DEL PROYECTO. (DOCUMENTO EN PDF) | SI | SI |
8 | ESTRATEGIA DE FINANCIACIÓN. (DOCUMENTO EN PDF) | SI | SI |
9 | PLAN DE RECUPERACIÓN. (DOCUMENTO EN PDF) | SI | SI |
1. Coherencia general de la propuesta.
2. Pertinencia e innovación de la propuesta.
3. Estrategias para generar conexión con las audiencias y su fidelización.
4. Impacto y alcance.
5. Presupuesto del proyecto.
Además de los compromisos mínimos establecidos en esta convocatoria, con su participación el beneficiario de estímulos en esta modalidad se obliga a cumplir con los siguientes:
1. Suscribir un contrato con Proimágenes Colombia. El contrato regulador del estímulo y sus anexos establecerán plazos y parámetros de desembolsos y acreditaciones.
2. Finalizar el proyecto en un periodo máximo de (1) año a partir de la firma que legaliza el estímulo.
3. Entregar toda la información de alcance e impacto del proyecto, por ejemplo: estrategias de comunicación, espectadores, métricas en la web, entre otras.
4. Desarrollar una actividad de socialización de la experiencia, a partir de buenas prácticas y lecciones aprendidas, de manera que enriquezca el sector de la exhibición y de la comunicación pública del cine colombiano.
5. Incluir el logo y/o el crédito que disponga Proimágenes Colombia antes de la comunicación de cada película incluida en el proyecto y en los materiales promocionales que se elaboren para el proyecto.
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