Para todas las modalidades de producción y realización, la postulación debe ser presentada por el productor del proyecto, ya sea persona natural o persona jurídica.
Para efectos de esta convocatoria, se entiende como productor la persona natural o jurídica que tiene la iniciativa, la coordinación y la responsabilidad de la producción de la obra cinematográfica. Es quien asume la gestión integral del proyecto y la celebración de los contratos con todas las personas y entidades que intervienen en su realización, de conformidad con la Ley 23 de 1982. Salvo pacto en contrario, el productor detenta los derechos patrimoniales de autor sobre la obra.
En el caso de las modalidades de escritura de guion, la postulación deberá ser realizada por el autor del guion, persona natural.