DOCUMENTAL

POSPRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES DE DOCUMENTAL

Dirigida a proyectos de largometraje de documental de producción o coproducción nacional, cuya duración mínima sea de 70 minutos. Deben tener un corte de edición de la película y no haber llegado a DCP. El formato de rodaje y el tema son libres. El director debe ser colombiano.

Las películas objeto de este estímulo deberán tener un porcentaje mínimo de nacionalidad colombiana del 80% de acuerdo al decreto 1080 de 2015. Esto se verificará contra la resolución de producto nacional emitida por la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura la cual será una de las obligaciones del beneficiario.

Los directores de los proyectos, y co-directores en caso de haberlos, deben ser de nacionalidad colombiana.

Cronograma

APERTURACIERREPUBLICACIÓN ACEPTADOSPUBLICACIÓN PRESELECCIONADOSENCUENTROSRESULTADOS
6/03/201804/05/201822/05/2018Del 3 al 7 de septiembre 2018Septiembre 10 y 11 de 201813/09/2018

La plataforma en línea para la postulación de proyectos, quedará deshabilitada el día del cierre a las 6:00 p.m., hora legal de la República de Colombia (UTC/GMT-5). Se recomienda realizar la postulación de proyectos con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes técnicos en la misma.

Estímulos

El monto total destinado es de ciento setenta millones de pesos ($160.000.000), con estímulos de ochenta millones de pesos ($80.000.000) por proyecto, a excepción de aquellos que soliciten un monto inferior los cuales serán considerados en igualdad de condiciones con los demás participantes.

QUIÉNES PUEDEN CONCURSAR

Sólo podrán participar productores personas jurídicas que sean empresas cinematográficas colombianas.

Esta convocatoria entiende como productor a la persona jurídica que tiene la iniciativa, la coordinación y la responsabilidad de la producción de la obra cinematográfica. Es el responsable de los contratos con todas las personas y entidades que intervienen en la realización de la obra (Ley 23 de 1982) y es quien detenta los derechos patrimoniales de la obra.

NO PUEDEN CONCURSAR

Las personas naturales.

Quiénes estén incursos en alguna de las restricciones generales establecidas en esta convocatoria y quienes no cumplan con las exigencias específicas para concursar.

Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria.

Requisitos para concursar

REQUISITO

PERSONA 

NATURAL

PERSONA 

JURÍDICA

1

INFORMACIÓN DEL PROYECTO (FORMULARIO DILIGENCIABLE EN LÍNEA).

2

CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL, EXPEDIDO CON FECHA NO MAYOR A 30 DÍAS AL MOMENTO DEL ENVÍO DEL PROYECTO. LA PERSONA JURÍDICA DEBE ESTAR ACTIVA Y TENER MATRÍCULA MERCANTIL RENOVADA (DOCUMENTO EN PDF).

NO
3

CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL PRODUCTOR CONCURSANTE, POR AMBAS CARAS. EN EL CASO DE PERSONAS JURÍDICAS, LA DEL REPRESENTANTE LEGAL (DOCUMENTO EN PDF).

4

PERFIL DE LA PERSONA JURÍDICA CONCURSANTE Y LISTA DE TRABAJOS AUDIOVISUALES REALIZADOS (DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA, MÁXIMO 2000 CARACTERES).

5

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES (DOCUMENTO EN PDF).

6

PRESUPUESTO DETALLADO DEL PROYECTO DE POSPRODUCCIÓN. HASTA COPIA FINAL EN DCP CON SONIDO DIGITAL 5.1 QUE CUMPLA EL ESTÁNDAR DCI. (DOCUMENTO EN PDF, REVISAR ETAPA DE POSPRODUCCIÓN EN ANEXO 4 – DOCUMENTAL COMO REFERENCIA)

7

PLAN DE FINANCIACIÓN DE LA ETAPA DE POSPRODUCCIÓN (DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA).

8

PLAN DE PROMOCIÓN, DISTRIBUCIÓN Y RECUPERACIÓN DEL PROYECTO (DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA).

9

ENLACE EN VIMEO Y LA CLAVE, CON EL CORTE DE EDICIÓN A LA FECHA DE MÍNIMO 70 MINUTOS. SE RECOMIENDA INCLUIR MARCA DE AGUA. AUDIOAYUDA

10

ANEXO 7 – DOCUMENTAL. CERTIFICACIÓN DE USO DE OBRAS PARA DOCUMENTAL  Y DILIGENCIE SIN MODIFICAR EL FORMATO. 

Criterios de evaluación

Se evaluará el cumplimiento de los parámetros descriptivos planteados en los requisitos de esta modalidad.

Aspectos artísticos, técnicos y conceptuales: se evaluará el corte presentado a concurso y aspectos como la narrativa y lenguaje audiovisual, el concepto de arte, fotografía, actuación y la calidad de los recursos técnicos.

Aspectos económicos: solidez y coherencia del presupuesto, del plan de financiación y de recuperación (factibilidad y pre-inversión). Se valorará la capacidad posproducir la película en un periodo máximo de dos (2) años a partir de la firma del contrato que legaliza el estímulo.

Compromisos específicos de los beneficiarios

Además de los compromisos mínimos establecidos, con su participación el beneficiario se obliga a cumplir con lo siguiente:

1. Suscribir un contrato con Proimágenes Colombia.

2. El plazo para la celebración del contrato es de 20 días hábiles a partir de la fecha de la comunicación que en tal sentido le envíe Proimágenes Colombia. El concursante perderá el estímulo en caso de no celebrar el contrato en el plazo señalado, por causas atribuibles a él. Por favor consulte las reglas de la convocatoria, el glosario de términos y compromisos mínimos de los beneficiarios en el enlace Reglas de la Convocatoria.

3. Las películas objeto de este estímulo deberán tener un porcentaje mínimo de nacionalidad colombiana del 80% de acuerdo al decreto 1080 de 2015. Esto se verificará contra la resolución de producto nacional emitida por la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura la cual será una de las obligaciones del beneficiario.

4. Entregar a Proimágenes Colombia la Resolución de reconocimiento de carácter de producto nacional de la obra cinematográfica. Este documento lo emite la Dirección de Cinematografía del Ministerio de Cultura. La expedición de la misma toma 15 días hábiles, sin embargo si es necesario subsanar o aclarar alguno de los requisitos y/o documentos enviados, la expedición puede tomar más tiempo (información y requisitos en www.mincultura.gov.co).

5. El beneficiario deberá contar con los materiales relacionados a continuación. Estos materiales serán de su propiedad. Proimágenes Colombia únicamente conservará copia de los reportes emitidos por el laboratorio y/o casa de posproducción:

  1. - DCP (Digital Cinema Package) que cumpla el estándar DCI (Digital Cinema Initiatives). Se recomienda que incluya disco CRU, conectores y carrier para transporte físico.

    Se recomienda que el master DCP sea generado de archivos originales en secuencias de cuadro DPX 10 Bit log, 24FPS

  2. - Reporte de revisión técnica del DCP emitido por el laboratorio o casa de posproducción, en el cual se certifique que el DCP cuenta con las condiciones técnicas necesarias para proyección en salas de cine bajo estándares internacionales con normas DCI.

  3. - Tráiler de la película y Textless

El CNACC podrá modificar este formato de acuerdo a los requerimientos técnicos de exhibición y/o emisión que se encuentren vigentes al momento de la entrega.

 

MATERIALES QUE DEBEN SER ENTREGADOS EN PAPEL Y EN CD Y/O DVD:

1. Lista de diálogos con tiempos de entrada y salida por “timecode” a la velocidad en que se haya manejado la posproduccion (23,98, 24, 25, 29,97) para subtitulación. Tomados a partir de la imagen final de la película.

2. “Music Cue Sheet” en donde se especifica la información de los temas musicales.

3. Cadena de derechos de la película.

4. Toda la información incluida en el bloque de créditos del largometraje.

5. Presupuesto final de la producción de la película.