Dirigida a proyectos de largometraje de ficción de coproducción nacional donde la participación económica colombiana sea menor a la participación extranjera. En todo caso, la participación económica mínima nacional no debe ser inferior al veinte por ciento (20%) de acuerdo a los porcentajes establecidos en la Ley 397 de 1997.
La participación artística y técnica deberá corresponder al decreto 1080 de 2015. No deben haber terminado rodaje al momento de presentarse a la convocatoria. El tema y el formato de rodaje son libres.
Apertura | Cierre | Publicación aceptados | Publicación preseleccionados | Encuentros | Resultados |
---|---|---|---|---|---|
9/03/2017 | 02/06/2017 | 21/06/2017 | Del 17 al 20 de octubre 2017 | Octubre 23 y 24 de 2017 | 26/10/2017 |
La plataforma en línea para la postulación de proyectos, quedará deshabilitada el día del cierre a las 6:00 p.m., hora legal de la República de Colombia (UTC/GMT-5). Se recomienda realizar la postulación de proyectos con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes técnicos en la misma.
El monto total destinado es de cuatrocientos millones de pesos ($400.000.000), con estímulos de doscientos millones de pesos ($200.000.000) por proyecto, a excepción de aquellos que soliciten un monto inferior los cuales serán considerados en igualdad de condiciones con los demás participantes.
El 50% del estímulo otorgado deberá ser invertido en Colombia y/o en honorarios de personal colombiano. Si la película es hablada en idioma diferente al castellano, deberá contar con copia subtitulada para estreno en Colombia.
Quiénes pueden concursar. Sólo podrán participar productores, personas jurídicas que sean empresas cinematográficas colombianas. Esta convocatoria entiende como productor a la persona jurídica que tiene la iniciativa, la coordinación y la responsabilidad de la producción de la obra cinematográfica. Es el responsable de los contratos con todas las personas y entidades que intervienen en la realización de la obra (Ley 23 de 1982) y es quien detenta los derechos patrimoniales de la obra. | No pueden concursar. Las personas naturales. Quiénes estén incursos en alguna de las restricciones generales establecidas en esta convocatoria y quienes no cumplan con las exigencias específicas para concursar. Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria. |
1 | FORMULARIO DE REGISTRO DE PROYECTO EN LÍNEA CON ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES (ESPACIO DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA). |
---|---|
2 | CÉDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA CONCURSANTE, POR AMBAS CARAS. (DOCUMENTO EN PDF) |
3 | CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL, EXPEDIDO CON FECHA NO MAYOR A 30 DÍAS AL MOMENTO DEL ENVÍO DEL PROYECTO. LA PERSONA JURÍDICA DEBE ESTAR ACTIVA Y TENER MATRÍCULA MERCANTIL RENOVADA. (DOCUMENTO EN PDF) |
4 | HOJA DE VIDA DE LA PERSONA JURÍDICA CONCURSANTE (ESPACIO DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA, MÁXIMO 3000 CARACTERES). |
5 | HOJA DE VIDA DE LA(S) PERSONA(S) JURÍDICA(S) COPRODUCTORA(S) O PERSONA(S) NATURAL(ES) COPRODUCTORA(S) (ESPACIO DILIGENCIABLE EN PLATAFORMA EN LÍNEA, MÁXIMO 2000 CARACTERES). |
6 | HOJA DE VIDA DEL DIRECTOR(ES) (ESPACIO DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA, MÁXIMO 3000 CARACTERES). |
7 | GUION COMPLETO, SECUENCIADO Y DIALOGADO (DOCUMENTO EN PDF; TIPO DE LETRA SUGERIDA: COURIER O COURIER NEW DE 12 PUNTOS EN PAPEL TAMAÑO CARTA). |
8 | NOTA DEL DIRECTOR. DEBE ANALIZAR EL TRATAMIENTO AUDIOVISUAL QUE DARÁ A SU PELÍCULA. PUEDE REFERIRSE A ASPECTOS COMO FOTOGRAFÍA, SONIDO, DIRECCIÓN DE ARTE, RITMO, ACTUACIÓN Y PERFIL DE ACTORES, O CUALQUIER OTRO QUE SEA DETERMINANTE PARA DEFINIR LA OBRA FINAL (DOCUMENTO EN PDF; DIEZ PÁGINAS APROXIMADAMENTE). |
9 | ENLACE EN VIMEO CON MATERIAL DE LA PROPUESTA AUDIOVISUAL DEL PROYECTO. |
10 | CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES (DOCUMENTO EN PDF). |
11 | ANEXO 4. FORMATO DE PRESUPUESTO. EL USO DE ESTE FORMATO ES OBLIGATORIO, SI REQUIERE INCLUIR ÍTEMS PUEDE HACERLO. DEBE INCLUIR LOS COSTOS DE PREPRODUCCIÓN, PRODUCCIÓN, POSPRODUCCIÓN Y PROMOCIÓN. (DOCUMENTO EN PDF) DESCARGUE AQUÍ EL FORMATO ADJUNTO |
12 | PLAN DE FINANCIACIÓN DE LA PELÍCULA. (DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA) |
13 | PLAN DE PROMOCIÓN, DISTRIBUCIÓN Y RECUPERACIÓN DEL PROYECTO. (DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA) |
14 | ANEXO 5. CERTIFICACIÓN DE USO DE OBRA EMITIDA POR EL TITULAR DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES DEL GUION. RECUERDE QUE ESTE REQUISITO APLICA PARA TODOS LOS PROYECTOS DE MANERA OBLIGATORIA. (DOCUMENTO EN PDF) Y DILIGENCIE SIN MODIFICAR EL FORMATO. |
15 | ANEXO 6. CERTIFICACIÓN DE LA(S) COPRODUCCIÓN(ES). DESCARGUE AQUÍ EL FORMATO ADJUNTO, Y DILIGENCIE SIN MODIFICAR EL FORMATO. |
Se evaluará el cumplimiento de los parámetros descriptivos planteados en los requisitos de esta modalidad.
Aspectos artísticos, técnicos y conceptuales: originalidad de la historia, estructura dramática, técnica narrativa, nota del director, lenguaje audiovisual propuesto, la propuesta de género, coherencia y solidez de los personajes.
Aspectos económicos: solidez y coherencia del presupuesto, del plan de financiación y de recuperación (factibilidad y preinversión). Se valorará la capacidad para desarrollar, producir y posproducir la película en un periodo máximo de dos (2) años a partir de la firma del contrato que legaliza el estímulo.
Además de los compromisos mínimos establecidos en esta convocatoria, con su participación el beneficiario de estímulos en esta modalidad se obliga a cumplir con los siguientes:
1. Suscribir un contrato con Proimágenes Colombia.
2. El plazo para la celebración del contrato es de 20 días hábiles a partir de la fecha de la comunicación que en tal sentido le envíe Proimágenes Colombia. El concursante perderá el estímulo en caso de no celebrar el contrato en el plazo señalado por causas atribuibles a él. Por favor consulte el enlace Reglas de la Convocatoria y glosario de términos y Compromisos mínimos de los beneficiarios.
3. Entregar a la firma del contrato que legaliza el estímulo, el (los) contrato(s) de coproducción firmado(s) por las partes y copia del certificado de existencia de la empresa coproductora o documento equivalente, emitido por la entidad encargada de tales tareas en el país de origen de la empresa coproductora.
4. El beneficiario deberá contar con los materiales relacionados a continuación. Estos materiales serán de su propiedad, Proimágenes Colombia únicamente conservará copia de los reportes emitidos por el laboratorio y/o casa de posproducción:
- DCP (Digital Cinema Package) que cumpla el estándar DCI (Digital Cinema Initiatives). Se recomienda que incluya disco CRU, conectores y carrier.
Se recomienda que el master DCP sea generado de archivos originales en secuencias de cuadro DPX 10 Bit log, 24FPS
- Reporte de revisión técnica del DCP emitido por el laboratorio o casa de posproducción.
- Tráiler de la película y Textless
El CNACC podrá modificar este formato de acuerdo a los requerimientos técnicos de exhibición y/o emisión que se encuentren vigentes al momento de la entrega.
a) Lista de diálogos con tiempos de entrada y salida por timecode a la velocidad en que se haya manejado la posproduccion (23,98, 24, 25, 29,97) para subtitulación. Tomados a partir de la imagen final de la película.
b) Music Cue Sheet en donde se especifica la información de los temas musicales.
c) Cadena de derechos de la película.
d) Toda la información incluida en el bloque de créditos del largometraje.
e) Presupuesto final de la producción de la película.
Todos nuestos contenidos están protegidos por el derecho internacional. El uso de este sitio web constituye la aceptación de los Términos y Condiciones de uso.
Consulte nuestra Política de Tratamiento de la Información. Si desea usar información que está publicada en este sitio, deberá citar siempre a www.proimagenescolombia.com como fuente.