PROMOCIÓN DE LARGOMETRAJE

Promoción de largometrajes y desempeño por taquilla

Líneas de estímulos para el 2025: 

+ Gestión de promoción 

+ Reconocimiento al desempeño por taquilla

 

Con el objetivo de aumentar el impacto de las películas colombianas en su promoción y con la meta de ampliar su llegada a los diferentes públicos en el país, esta modalidad en el 2025 presenta nuevas condiciones, como experiencia previa del distribuidor, mínimo de complejos cinematográficos para el estreno de la película, exhibiciones en espacios culturales, mínimo de espectadores, entre otras. 

Para eso hemos diseñado cuatro (4) opciones de participación, con líneas de estímulos para la gestión de promoción y para el reconocimiento al desempeño por taquilla. Así que los invitamos a leer atentamente los parámetros generales, así como las condiciones específicas de cada opción y línea de estímulos para que, de acuerdo a las características de su proyecto, elija la que se ajuste al mismo.

¿Qué apoya esta modalidad?

Esta modalidad está dirigida a apoyar el estreno de largometrajes de producción o coproducción nacional, cuya duración mínima sea de 70 minutos. El estreno se debe llevar a cabo durante el año 2025 en complejos de exhibición cinematográfica y en espacios culturales. Esta convocatoria entiende como espacios culturales a lugares como: cineclubes, espacios al aire libre, universidades, bibliotecas, colegios etc, donde se pueda realizar la exhibición de la película en óptimas condiciones de sonido e imagen.

El CNACC espera que productores, distribuidores y exhibidores trabajen de manera conjunta en el diseño y ejecución de la estrategia de distribución y exhibición de la película buscando que su experiencia y visión sean un impulso para el desempeño de las películas en complejos cinematográficos y otros espacios de exhibición.

Parámetros generales

Los interesados a este estímulo deben presentar proyectos que cumplan con los siguientes parámetros generales:

1. Contar con un distribuidor el cual debe estar registrado ante el SIREC, debe ser una persona jurídica diferente al productor de la película, y debe contar con una experiencia previa de acuerdo a cada una de las opciones presentadas en esta modalidad.

2. El proyecto debe contemplar la exhibición de la película en complejos cinematográficos que reporten al SIREC y en espacios culturales en el territorio nacional.

3. La elección de la opción debe realizarse al momento de postular el proyecto a esta convocatoria, en el espacio indicado en la plataforma de postulación para ello. Una vez presentado el proyecto a Proimágenes Colombia, no podrá cambiar su decisión.

4. El productor podrá realizar todas las actuaciones y gestiones relacionadas con cada estímulo del FDC a través del distribuidor de la película. En este caso, el distribuidor actuará bajo la figura de poder o mandato, en el formato establecido por Proimágenes, siempre a nombre y por cuenta del productor. Todas las relaciones, obligaciones y derechos se entenderán exclusivamente respecto al productor.

Quienes estén interesados en participar en esta modalidad, deberán presentar su proyecto a través de la plataforma en línea destinada para ello, a más tardar el día del estreno de la película. Aquellos proyectos que incumplan este requisito no serán aceptados.

Cronograma

 

Apertura

 

Cierre

Jueves 2 de enero de 2025

Viernes 12 de diciembre de 2025

 

La plataforma en línea para la postulación de proyectos quedará deshabilitada a las 5:00p.m., hora legal de la República de Colombia (UTC/GMT-5), del día de cierre. Se recomienda realizar la postulación de proyectos con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes que se presenten.

Estímulos

El monto total destinado para esta modalidad es de tres mil millones de pesos ($3.000.000.000) y se otorgarán estímulos de hasta noventa millones de pesos ($90.000.000) por proyecto de acuerdo a las líneas y opciones mencionadas a continuación.  

Los estímulos se entregarán hasta agotar los recursos destinados para esta modalidad.

Opciones de participación

En este apartado describiremos las características de las cuatro rutas diseñadas para optar por un estímulo del FDC para el estreno de las películas colombianas de largometraje en el territorio nacional:

OPCIÓN 1

1. Línea gestión de promoción - 20 millones: los recursos podrán ser invertidos en las actividades inherentes a la promoción y distribución de la película. Se entregarán hasta veinte millones de pesos ($20.000.000) para aquellas películas cuyo estreno nacional incluya tres (3) complejos cinematográficos y cinco (5) exhibiciones en espacios culturales en el país.

 

2. Línea reconocimiento al desempeño por taquilla

Para el desembolso del estímulo se requiere lo siguiente:

+ La firma de un contrato regulador del estímulo. Requiere póliza de cumplimiento.

+ El estímulo se entrega mediante 2 desembolsos de 40%  y un reembolso de 20%. 

+ Los recursos únicamente se pueden invertir en los gastos elegibles listados más adelante.

+ Durante la ejecución del contrato se requiere la presentación de facturas y justificación de los gastos elegibles realizados en la gestión de la promoción de la película.

+ Informe de las exhibiciones en espacios culturales en el que se incluya registro fotográfico y videográfico.

+Certificación de las exhibiciones realizadas en complejos cinematográficos.

 

N/A

 

OPCIÓN 2  

1. Línea gestión de promoción - 35 Millones: los recursos podrán ser invertidos en las actividades inherentes a la promoción y distribución de la película.  Se entregarán hasta treinta y cinco millones de pesos ($35.000.000) para aquellas películas cuyo estreno nacional incluya ocho (8) complejos cinematográficos y cinco (5) exhibiciones en espacios culturales en el país.

El distribuidor debe contar con experiencia mínima de haber distribuido tres (3) largometrajes en los últimos tres (3) años y cuyos espectadores sumen mínimo 2.500 espectadores. 

2. Línea reconocimiento al desempeño por taquilla - 10 millones: se entregarán hasta diez millones de pesos ($10.000.000), mediante el desembolso de seis mil pesos ($6.000) por cada espectador y/o admisión de la película en complejos cinematográficos del territorio nacional. Cuando la película sea de ficción se contará a partir del espectador y/o admisión 3.000 y para las de documental, a partir del espectador 1.500. A continuación un ejemplo:

 

Para el desembolso del estímulo se requiere lo siguiente:

+ La firma de un contrato regulador del estímulo. Requiere póliza de cumplimiento.

+ El estímulo se entrega mediante dos desembolsos: (50% a modo de anticipo y  50% a modo de reembolso). 

+ Para el desembolso del segundo tramo del estímulo, la película deberá certificar un mínimo de mil (1.000) espectadores en complejos cinematográficos. En caso de no lograr el mínimo de espectadores, no le será desembolsado el segundo tramo del estímulo. 

+ Los recursos únicamente se pueden invertir en los gastos elegibles listados más adelante.

+ Durante la ejecución del contrato se requiere la presentación de facturas y justificación de los gastos elegibles realizados en la gestión de la promoción de la película.

+ Informe de las exhibiciones en espacios culturales en el que se incluya registro fotográfico y videográfico.

+ Certificación de las exhibiciones realizadas en complejos cinematográficos.

 

 

Número de espectadores FICCIÓN

Valor

03000 espectadores

$0

3001 espectadores 

$6.000

3001 a 4667  espectadores

$10.000.000

 

Número de espectador DOCUMENTAL

Valor

01500 espectadores

$0

1501 espectadores 

$6.000

15013167 espectadores

$10.000.000

 

Los espectadores y/o admisiones en los complejos cinematográficos nacionales se contarán en el periodo comprendido entre la fecha del estreno y hasta un máximo de cuatro (4) meses después del mismo. 

 

 

OPCIÓN 3 

Línea gestión de promoción - 50 Millones: se entregarán hasta cincuenta millones de pesos ($50.000.000) para aquellas películas cuyo estreno nacional incluya doce (12) complejos cinematográficos y seis (6) exhibiciones en espacios culturales en el país. 

El distribuidor debe contar con experiencia mínima de haber distribuido seis (6) largometrajes en los últimos tres (3) años y cuyos espectadores sumen mínimo 10.000 espectadores. 

2. Línea reconocimiento al desempeño por taquilla - 20 millones: se entregarán hasta veinte millones de pesos ($20.000.000), mediante el desembolso de seis mil pesos ($6.000) por cada espectador y/o admisión de la película en complejos cinematográficos del territorio nacional. Cuando la película sea de ficción se contará a partir del espectador y/o admisión 3.000 y para las de documental, a partir del espectador 1.500. A continuación un ejemplo:

 

 

 

 

Para el desembolso del estímulo se requiere lo siguiente:

+ La firma de un contrato regulador del estímulo. Requiere póliza de cumplimiento.

+ El estímulo se entrega mediante dos desembolsos: (50% a modo de anticipo y  50% a modo de reembolso). 

+ Para el desembolso del segundo tramo del estímulo, la película deberá certificar un mínimo de dos mil (2.000) espectadores en complejos cinematográficos. En caso de no lograr el mínimo de espectadores, no le será desembolsado el segundo tramo del estímulo. 

+ Los recursos únicamente se pueden invertir en los gastos elegibles listados más adelante.

+ Durante la ejecución del contrato se requiere la presentación de facturas y justificación de los gastos elegibles realizados en la gestión de la promoción de la película.

+ Informe de las exhibiciones en espacios culturales en el que se incluya registro fotográfico y videográfico.

+ Certificación de las exhibiciones realizadas en complejos cinematográficos.

 

 

 

 

Número de espectadores FICCIÓN

Valor

03000 espectadores

$0

3001 espectadores 

$6.000

3001 a 6334  espectadores

$20.000.000

 

Número de espectador DOCUMENTAL

Valor

01500 espectadores

$0

1501 espectadores 

$6.000

1501 a 4834  espectadores

$20.000.000

 

Los espectadores y/o admisiones en los complejos cinematográficos nacionales se contarán en el periodo comprendido entre la fecha del estreno y hasta un máximo de cuatro (4) meses después del mismo. 

 

 

 

OPCIÓN 4

1. Línea gestión de promoción - 70 Millones: se entregarán hasta setenta millones de pesos ($70.000.000) para aquellas películas cuyo estreno nacional incluya veinticinco (25) complejos cinematográficos y seis (6) exhibiciones en espacios culturales en el país. 

El distribuidor debe contar con experiencia mínima de haber distribuido diez (10) largometrajes en los últimos tres (3) años y cuyos espectadores sumen mínimo 25.000 espectadores. 

2. Línea reconocimiento al desempeño por taquilla 20 millones: se entregarán hasta veinte millones de pesos ($20.000.000), mediante el desembolso de seis mil pesos ($6.000) por cada espectador y/o admisión de la película en complejos cinematográficos del territorio nacional. Cuando la película sea de ficción se contará a partir del espectador y/o admisión 3.000 y para las de documental, a partir del espectador 1.500. A continuación un ejemplo:

 

 

 

 

Para el desembolso del estímulo se requiere lo siguiente:

+ La firma de un contrato regulador del estímulo. Requiere póliza de cumplimiento.

+ El estímulo se entrega mediante dos desembolsos: (50% a modo de anticipo y  50% a modo de reembolso). 

+ Para el desembolso del segundo tramo del estímulo, la película deberá certificar un mínimo de cinco mil (5.000) espectadores en complejos cinematográficos. En caso de no lograr el mínimo de espectadores, no le será desembolsado el segundo tramo del estímulo. 

+ Los recursos únicamente se pueden invertir en los gastos elegibles listados más adelante.

+ Durante la ejecución del contrato se requiere la presentación de facturas y justificación de los gastos elegibles realizados en la gestión de la promoción de la película.

+ Informe de las exhibiciones en espacios culturales en el que se incluya registro fotográfico y videográfico.

+ Certificación de las exhibiciones realizadas en complejos cinematográficos.

 

 

 

 

 

Número de espectadores FICCIÓN

Valor

03000 espectadores

$0

3001 espectadores 

$6.000

3001 a 6334  espectadores

$20.000.000

 

Número de espectador DOCUMENTAL

Valor

01500 espectadores

$0

1501 espectadores 

$6.000

1501 a 4834

espectadores

$20.000.000

 

Los espectadores y/o admisiones en los complejos cinematográficos nacionales se contarán en el periodo comprendido entre la fecha del estreno y hasta un máximo de cuatro (4) meses después del mismo. 

Condiciones para el desembolso de la línea de Reconocimiento al desempeño por taquilla.

A continuación encontrará la información para el desembolso de la línea de estímulo para el Reconocimiento al desempeño por taquilla de las opciones 2, 3 y 4 de esta modalidad:

El desembolso se realizará exclusivamente a la persona natural o jurídica postulante (con quien se firmará el contrato que oficializa el estímulo). Para esto deberá entregar a Proimágenes Colombia el formato de certificación de espectadores y/o admisiones, expedido por el distribuidor de la película, máximo cinco (5) meses después de la fecha de estreno de la película en el territorio nacional, es decir, un (1) mes adicional al plazo máximo dado anteriormente. El incumplimiento de este requisito generará la no asignación del estímulo, lo cual declara aceptar y conocer el postulante.

Únicamente se podrán certificar espectadores y/o admisiones entre la fecha del estreno de la película y hasta un máximo de cuatro (4) meses después del mismo.

Los exhibidores, distribuidores y productores del proyecto deberán encontrarse registrados ante la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios interactivos del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes. Proimágenes Colombia verificará dicho registro antes de realizar cualquier desembolso.

Del mismo modo, el beneficiario se obliga a reintegrar a Proimágenes Colombia cualquier suma que hubiere recibido en exceso con ocasión de alguna imprecisión en la certificación de número de espectadores y/o admisiones. El reintegro deberá hacerse dentro del mes siguiente al momento en que Proimágenes Colombia le comunique la situación de desacuerdo con las cuentas. En caso de no atender lo previsto en este párrafo, el beneficiario no podrá participar en otras modalidades o futuras convocatorias del FDC, quedando de todas maneras obligado a devolver las sumas de dinero requeridas.

La información reportada podrá ser verificada por Proimágenes Colombia con las cifras oficiales de espectadores y/o admisiones del Ministerio de las Culturas. En caso de información inexacta, se entablarán las acciones judiciales correspondientes. 

Costos elegibles para las actividades de la línea de Gestión de promoción:

A continuación encontrará la lista de los costos elegibles para la acreditación de gastos de las actividades de la línea de Gestión de promoción de las cuatro (4) opciones descritas para esta modalidad:

1. Pauta en medios impresos, radio, internet y en publicidad exterior.

2. Pauta en televisión. No se desembolsarán facturas de este costo elegible a películas que tengan a canales de televisión como inversionistas en la etapa de promoción.

3.Elaboración de materiales promocionales. El tope máximo de desembolso sumando todos los materiales promocionales no podrá ser superior al 20% del total del estímulo por facturas.

4. Elaboración de copias de la película.

5. Realización del tráiler y del teaser: Edición, música, mezcla y finalización.

6. Gastos de premier de la película: envío e impresión de invitaciones, elementos de ambientación e iluminación y alquiler de salas. El postulante deberá aportar, para la acreditación de gastos, contratos o acuerdos que soporte los alquileres de salas.

7. Tiquetes en avión, tren, autobús, barco en clase económica y alojamiento  para los siguientes cargos colombianos: para productor, coproductor, director(es), productor, coproductor(es), diseñador de producción, director de arte, director de fotografía, guionistas, director de sonido, montajista y actores o personajes principales para las premieres y exhibiciones de espacios culturales en Colombia.

8. Elaboración de copias en digital del tráiler y del teaser para salas.

9. Honorarios de los siguientes cargos: agencia por concepto de creación de campaña para la promoción de la película,  jefe de comunicaciones, jefe de prensa, jefe de redes sociales (community manager), diseñador de piezas promocionales, diseñador de página en Internet y coordinador de producción de acuerdo al siguiente cuadro:

OPCIÓN 1

OPCIÓN 2

OPCIÓN 3

OPCIÓN 4

El tope máximo de desembolso sumando todos los cargos es de diez millones de pesos ($10.000.000).El tope máximo de desembolso sumando todos los cargos es de quince millones de pesos ($15.000.000).El tope máximo de desembolso sumando todos los cargos es de veinticinco millones de pesos ($25.000.000).El tope máximo de desembolso sumando todos los cargos es de treinta y cinco millones de pesos ($35.000.000).

10. Gastos de  exhibiciones culturales: Alquiler de espacios, silleteria, pantalla, sonido, proyectores, logística, honorarios equipo de producción.

11. Producción de eventos promocionales y/o activaciones: Honorarios de moderadores, conferencista, músicos, artistas.  Alquiler de espacios  y mobiliarios, relacionados directamente con el evento de promoción.

 

QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR

 

NO PUEDEN PARTICIPAR

En esta modalidad puede participar alguna de las siguientes personas naturales o jurídicas:

- Productores cinematográficos colombianos: personas naturales o personas jurídicas que sean Empresas Cinematográficas Colombianas, de conformidad con la definición establecida en la presente convocatoria. 

En caso de coproducciones nacionales, quien participa es el productor colombiano que tenga el mayor porcentaje de la película.  

La persona natural o jurídica a la que el productor de la película haya cedido sus derechos patrimoniales de autor sobre la misma.  En este caso el concursante deberá aportar, con la postulación del proyecto, el contrato de cesión correspondiente. 

Para el desembolso del estímulo, se solicitará el registro expedido por la Dirección Nacional de Derecho de Autor en donde conste la cesión de derechos patrimoniales del productor a la persona jurídica o natural concursante.

Esta convocatoria entiende como productor a la persona natural o jurídica que tiene la iniciativa, la coordinación y la responsabilidad de la producción de la obra cinematográfica. Es el responsable de los contratos con todas las personas y entidades que intervienen en la realización de la obra (Ley 23 de 1982) y es quien detenta los derechos patrimoniales de la obra.

Sin perjuicio de otras restricciones generales establecidas en esta convocatoria, no pueden participar en esta modalidad:

 

- Los proyectos que hayan obtenido estímulos para promoción de largometrajes en convocatorias anteriores del FDC.

- Aquellas películas que hayan sido exhibidas en festivales nacionales y/o internacionales anteriores al año 2023

- Aquellas películas que tengan Resolución de reconocimiento de carácter de producto nacional de la obra cinematográfica con fecha anterior al año 2023

- Quienes estén incursos en alguna de las restricciones generales establecidas en esta convocatoria.

- Quienes no cumplan con las exigencias específicas para participar.

- Los proyectos que hayan sido beneficiados en cualquiera de las modalidades de posproducción de largometrajes, producción y/o realización de largometrajes que no cuenten con acta de cruce de cuentas debido a la falta de entrega de soportes o requisitos pactados.

- Quienes habiendo sido beneficiarios de estímulos del FDC, se encuentren con una prórroga vigente al plazo máximo de un Contrato Regulador de Estímulo.

Para conocer las reglas de la convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la convocatoria.

 

Requisitos para participar

 

 

REQUISITOS

 

Persona natural

 

Persona jurídica

1

INFORMACIÓN DEL PROYECTO. (FORMULARIO DILIGENCIABLE EN LÍNEA)

2

CÉDULA DE CIUDADANÍA, POR AMBAS CARAS, DEL PRODUCTOR CONCURSANTE. EN EL CASO DE PERSONA JURÍDICAS, LA DEL REPRESENTANTE LEGAL . (DOCUMENTO EN PDF)

3

CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA EMPRESA PRODUCTORA CONCURSANTE, EXPEDIDO CON FECHA NO MAYOR A 30 DÍAS AL MOMENTO DEL ENVÍO DEL PROYECTO. LA PERSONA JURÍDICA DEBE ESTAR ACTIVA Y TENER MATRÍCULA MERCANTIL RENOVADA (DOCUMENTO EN PDF)

NO

4

CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN ENTRE EL PRODUCTOR Y EL DISTRIBUIDOR.

5

ANEXO 19. MANDATO ENTRE EL PRODUCTOR Y EL DISTRIBUIDOR (ESTE DOCUMENTO DEBE PRESENTARSE SOLO EN CASO DE QUE LA POSTULACIÓN SEA REALIZADA POR EL DISTRIBUIDOR). DESCARGUE AQUÍ EL DOCUMENTO ADJUNTO.

5

ESTRATEGIA DE DISTRIBUCIÓN DE LA PELÍCULA QUE DEBE INCLUIR:

+ PLAN DE DISTRIBUCIÓN EN COMPLEJOS CINEMATOGRÁFICOS, 

+ CAMPAÑA DE PROMOCIÓN, MERCADEO Y PUBLICIDAD, ACTIVACIONES, ENTRE OTRAS. DEBE INCLUIR LA FECHA DE ESTRENO DE  LA PELÍCULA. 

+ PROPUESTA DE LAS EXHIBICIONES DE LA PELÍCULA EN ESPACIOS CULTURALES (TERRITORIO, LUGAR, FECHAS, ACTIVIDADES DE ACERCAMIENTO A LOS PÚBLICOS, DESCRIPCIÓN DE LOS PÚBLICOS ESPERADOS, ALIADOS, ENTRE OTRAS)

+ PLAN DE DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN.

ESTA ESTRATEGIA DEBE VENIR FIRMADA POR EL PRODUCTOR Y DISTRIBUIDOR. 

6.

ANEXO 20. CERTIFICACIÓN DEL DISTRIBUIDOR (DOCUMENTO EN PDF). DESCARGUE AQUÍ EL DOCUMENTO ADJUNTO

7

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: TABLA QUE DEBE INCLUIR LAS ACTIVIDADES QUE SE LLEVARÁN A CABO PARA EL ESTRENO EN COMPLEJOS CINEMATOGRÁFICOS Y PARA LAS ACTIVIDADES EN  ESPACIOS CULTURALES, VERSUS EL TIEMPO QUE SE TOMARÁ PARA ELLO. (DOCUMENTO EN PDF).

7

PRESUPUESTO DETALLADO DE LA ETAPA DE PROMOCIÓN EN LA QUE SE DETALLEN TODAS LAS ACTIVIDADES QUE SE LLEVARÁN A CABO EN TORNO A LA ESTRATEGÍA DE DISTRIBUCIÓN DE LA PELÍCULA

DEBE INCLUIR LOS RECURSOS SOLICITADOS AL FDC DE ACUERDO CON LOS COSTOS ELEGIBLES.

8

ESTRATEGIA DE FINANCIACIÓN DE LA ETAPA DE PROMOCIÓN. (DOCUMENTO EN PDF)

9

RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER DE PRODUCTO NACIONAL DE LA OBRA CINEMATOGRÁFICA (DOCUMENTO EN PDF). ESTE DOCUMENTO LO EMITE LA DIRECCIÓN DE AUDIOVISUALES, CINE Y MEDIOS INTERACTIVOS DEL MINISTERIO DE CULTURA Y LA EXPEDICIÓN DEL MISMO PUEDE TOMAR MÁS DE 15 DÍAS HÁBILES (INFORMACIÓN Y REQUISITOS EN https://cineproducto.mincultura.gov.co/). NO SE ACEPTARÁN CERTIFICACIONES DE DOCUMENTO EN TRÁMITE. 

10

CRÉDITOS DE LA PELÍCULA DONDE SE EVIDENCIEN LOS CARGOS ACREDITABLES EN ESTA MODALIDAD. (DOCUMENTO EN PDF)

 

Compromisos específicos

Además de los compromisos mínimos establecidos, con su participación el beneficiario se obliga a cumplir con lo siguiente:

1. Suscribir un contrato con Proimágenes Colombia.

2. El plazo para la celebración del contrato es de 20 días hábiles a partir de la fecha de la comunicación que en tal sentido le envíe Proimágenes Colombia. El concursante perderá el estímulo en caso de no celebrar el contrato en el plazo señalado. Para mayor información consulte el enlace Reglas de la convocatoria.

3. El representante legal de las personas jurídicas beneficiarias se obligará solidariamente con el beneficiario, por las obligaciones que se deriven de la presente convocatoria y del contrato respectivo. De igual manera, deberá demostrar que cuentan con todas las autorizaciones legales y estatutarias respectivas para suscribir el contrato.

4. Para el desembolso del estímulo se exigirá la presentación del recibo de depósito legal de la película a nombre del beneficiario.

5. Entrega de informe con evidencia (fotos, videos, datos, cifras, impacto etc)  de las exhibiciones en espacios culturales.

 

REVISIÓN DE REQUISITOS 

Una vez recibido el proyecto a través de la plataforma en línea, Proimágenes Colombia revisará los documentos enviados para verificar que cumplan con todos los requisitos exigidos así como la veracidad de los documentos que considere pertinentes. Igualmente constatará que la fecha de postulación se encuentra dentro de los plazos determinados.

Proimágenes Colombia se tomará para la revisión ocho (8) días hábiles contados a partir del día en que se haga la postulación del proyecto en la plataforma en línea. Proimágenes Colombia podrá solicitar aclaraciones.

Los concursantes que no cumplan con uno o varios de los requisitos, serán informados al correo electrónico reportado en el registro en línea y podrán enviar los documentos faltantes únicamente a través de la plataforma durante un plazo de ocho (8) días calendario después del recibo de la comunicación de Proimágenes Colombia. No se aceptarán proyectos ni documentos enviados con posterioridad a los plazos estipulados, ni por vías diferentes a la plataforma en línea.

Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria.

Se recomienda adelantar la presentación de proyectos con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes técnicos que se presenten.
 

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