Dirigida a proyectos de largometraje de ficción de producción o coproducción nacional, cuya duración mínima sea de 70 minutos. Deben haber concluido el rodaje al momento de presentarse a esta convocatoria, tener un corte de edición de la película y no haber llegado a DCP. El formato de rodaje y el tema son libres.
Las películas objeto de este estímulo deberán tener un porcentaje mínimo de nacionalidad colombiana del 80% de acuerdo al decreto 1080 de 2015. Esto se verificará contra la resolución de producto nacional emitida por la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos del Ministerio de Cultura, la cual será una de las obligaciones del beneficiario.
Los recursos de estímulos del FDC para posproducción deberán contratarse con empresas constituidas en Colombia o personas naturales colombianas. Lo anterior salvo demostrada imposibilidad técnica o de disponibilidad.
El/la (los/las) director/a(es/as) de la película deben ser de nacionalidad colombiana.
Las películas que cuenten con Resolución de producto nacional emitida por la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos del Ministerio de Cultura o que hayan sido exhibidas en salas o festivales de cine al momento de cierre de esta modalidad no podrán participar.
Apertura | Cierre | Publicación aceptados | Publicación preseleccionados | Reuniones comités evaluadores | Resultados |
24/03/2023 | 27/04/2023 | 26/05/2023 | 11/08/2023 | 18 al 22 de agosto de 2023 | 24/08/2023 |
QUIÉNES PUEDEN CONCURSARSólo podrán participar productores, personas jurídicas que sean empresas cinematográficas colombianas.Esta convocatoria entiende como productor a la persona jurídica que tiene la iniciativa, la coordinación y la responsabilidad de la producción de la obra cinematográfica. Es el responsable de los contratos con todas las personas y entidades que intervienen en la realización de la obra (Ley 23 de 1982) y es quien detenta los derechos patrimoniales de la obra. | NO PUEDEN CONCURSARQuienes estén incursos en alguna de las restricciones generales establecidas en esta convocatoria y quienes no cumplan con las exigencias específicas para concursar.Las personas naturales.Para conocer las reglas de la convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria.Los proyectos que hayan participado y hayan sido evaluados en dos ocasiones en esta modalidad en anteriores convocatorias del FDC. |
REQUISITOS | |
1 | INFORMACIÓN DEL PROYECTO. FICHA TÉCNICA, SINOPSIS, RESUMEN DEL PRESUPUESTO POR ETAPAS, CARGOS PRINCIPALES Y TRAYECTORIA (FORMULARIO DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA). AUDIOAYUDA |
2 | PERFIL DE LA EMPRESA CINEMATOGRÁFICA CONCURSANTE Y LISTA DE TRABAJOS AUDIOVISUALES REALIZADOS (DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA, MÁXIMO 2500 CARACTERES). |
3 | ENLACE EN VIMEO Y LA CLAVE, CON EL CORTE DE EDICIÓN A LA FECHA DE MÍNIMO 70 MINUTOS. SE RECOMIENDA INCLUIR MARCA DE AGUA. SÓLO SE ACEPTARÁN ENLACES DE LA PLATAFORMA VIMEO. AUDIOAYUDA |
4 | PLAN DE FINANCIACIÓN DE LA ETAPA DE POSPRODUCCIÓN (DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA. AUDIOAYUDA |
5 | PLAN DE FINANCIACIÓN DE LA ETAPA DE POSPRODUCCIÓN (DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA. |
6 | CÉDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA CONCURSANTE, POR AMBAS CARAS (DOCUMENTO EN PDF). |
7 | CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL, EXPEDIDO CON FECHA NO MAYOR A 30 DÍAS AL MOMENTO DEL ENVÍO DEL PROYECTO. LA PERSONA JURÍDICA DEBE ESTAR ACTIVA Y TENER MATRÍCULA MERCANTIL RENOVADA (DOCUMENTO EN PDF). AUDIOAYUDA |
8 | CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES. ES UNA TABLA QUE DEBE INCLUIR LAS ACTIVIDADES QUE SE LLEVARÁN A CABO VERSUS EL TIEMPO QUE SE TOMARÁ PARA ELLO (DOCUMENTO EN PDF). |
9 | PRESUPUESTO DETALLADO DE LA ETAPA DE POSPRODUCCIÓN. HASTA COPIA FINAL EN DCP CON SONIDO DIGITAL 5.1 QUE CUMPLA EL ESTÁNDAR DCI (DOCUMENTO EN EXCEL, LE RECOMENDAMOS REVISAR ETAPA DE POSPRODUCCIÓN EN ANEXO 4 – FICCIÓN COMO REFERENCIA). |
10 | REGISTRO DEL GUION EN DONDE CONSTE LA CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES DEL GUION A LA EMPRESA PRODUCTORA CONCURSANTE, EXPEDIDA POR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR. NO SE ACEPTARÁN REGISTROS DE PAÍSES DIFERENTES A COLOMBIA NI CERTIFICACIONES DE DOCUMENTOS EN TRÁMITE (DOCUMENTO EN PDF). |
11 | NOTA DEL/LA PRODUCTOR/A. DEBE INCLUIR LOS SIGUIENTES ASPECTOS (DOCUMENTO EN PDF, CUATRO PÁGINAS APROXIMADAMENTE):-IDENTIFICACIÓN DE LA(S) AUDIENCIA(S) DEL PROYECTO PRESENTADO.-CONEXIÓN Y RELACIÓN DE LA TEMÁTICA CON ESA(S) AUDIENCIA(S).-ESTRATEGIAS DE ACERCAMIENTO CON ESA(S) AUDIENCIA(S).-DEBE HABLAR ACERCA DE LA CONFORMACIÓN DEL EQUIPO ARTÍSTICO Y CREATIVO Y LOS VALORES DE PRODUCCIÓN QUE CONSIDERE SE DEBAN RESALTAR.-ESTRATEGIAS DE FINANCIACIÓN Y RECUPERACIÓN, DETALLE DE RECURSOS CONSEGUIDOS HASTA EL MOMENTO, SI LOS HAY.-INFORMACIÓN SOBRE LOGROS Y/O RESULTADOS DE PROYECTOS O PELÍCULAS ANTERIORES DEL PRODUCTOR CONCURSANTE. PUEDE INCLUIR CIFRAS DE ESPECTADORES, RECONOCIMIENTOS EN FESTIVALES, VENTAS REALIZADAS, ENTRE OTRAS.-SI SU PROYECTO VISIBILIZA O LE DA RELEVANCIA A UN TERRITORIO PARTICULAR, SU CULTURA Y/O DINÁMICAS, PUEDE DESARROLLAR LA IDEA EN ESTE ESPACIO.-DESCRIBA LA(S) ESTRATEGIA(S) DE INTEGRACIÓN DE PRACTICANTES Y/O NUEVOS PROFESIONALES Y/O TÉCNICOS EN EL DESARROLLO DEL PROYECTO. |
12 | REGISTRO ÚNICO NACIONAL DE AGENTES CULTURALES EMITIDO POR EL MINISTERIO DE CULTURA, CONSULTE AQUÍ (DOCUMENTO EN PDF). |
1. Suscribir un contrato con Proimágenes Colombia. El contrato regulador del estímulo y sus anexos establecerán plazos y parámetros de desembolsos y acreditaciones.
2. La forma en que se realizarán los desembolsos y la presentación de informes se regirán por el Instructivo de acreditación de gastos.
3. Finalizar el proyecto en un periodo máximo de un (1) año a partir de la firma que legaliza el estímulo.
4. Las películas objeto de este estímulo deberán tener un porcentaje mínimo de nacionalidad colombiana del 80% de acuerdo al decreto 1080 de 2015. Esto se verificará contra la resolución de producto nacional emitida por la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos del Ministerio de Cultura, la cual será una de las obligaciones del beneficiario.
5. Los recursos de estímulos del FDC para posproducción deberán contratarse con empresas constituidas en Colombia o personas naturales colombianas. Lo anterior salvo demostrada imposibilidad técnica o de disponibilidad.
6. Entregar a Proimágenes Colombia la Resolución de reconocimiento de producto nacional de la obra cinematográfica. Este documento lo emite la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos del Ministerio de Cultura. La expedición de la misma puede tomar 45 días hábiles (información y requisitos en (www.mincultura.gov.co).
7. El beneficiario deberá contar con los materiales relacionados a continuación. Estos materiales serán de su propiedad. Proimágenes Colombia únicamente conservará copia de los reportes emitidos por el laboratorio y/o casa de posproducción:
El CNACC podrá modificar este formato de acuerdo a los requerimientos
MATERIALES QUE DEBEN SER ENTREGADOS:
1. Cadena de derechos de la película.
2. Presupuesto final de la producción de la película.
3. Certificación emitida por la casa productora en donde certifica que cuenta con:
-Lista de diálogos con tiempos de entrada y salida por “timecode” a la velocidad en que se haya manejado la posproducción (23,98, 24, 25, 29,97) para subtitulación.
-“Music Cue Sheet” en donde se especifica la información de los temas musicales.
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