Dirigida a la participación de películas colombianas de corto y largometraje producidas durante los años 2020, 2021, 2022 y 2023, que estén finalizadas y que hayan sido seleccionadas en los festivales elegidos por el CNACC para el año 2023. Esta información se verificará con la fecha de emisión de la resolución de reconocimiento de producto nacional de la película.
Los festivales podrán ser atendidos de manera presencial o virtual. Para conocer la lista de festivales aprobados para este año, por favor revise la Lista de eventos.
Para acceder a este estímulo el productor concursante deberá:
1. Registrarse en el aplicativo en línea y aceptar términos y condiciones.
2. Postular a través del aplicativo en línea el proyecto con todos los requisitos solicitados a más tardar quince (15) días calendario después de la finalización del evento, en cualquier caso deberá postular antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Recomendamos hacer esta postulación con anterioridad.
3. Enviar al correo electrónico informes@proimagenescolombia.com un único informe de acreditación de gastos dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de terminación del evento. Para preparar esta documentación, es indispensable que consulte el Instructivo de acreditación de gastos.
Los plazos mencionados no son prorrogables y en caso de no cumplirlos, se pierde el estímulo.
Apertura | Cierre |
Lunes 2 de enero de 2023 | Viernes 15 de diciembre de 2023 |
La plataforma en línea para la postulación de proyectos quedará deshabilitada a las 5:00p.m., hora legal de la República de Colombia (UTC/GMT-5), del día de cierre. Se recomienda realizar la postulación de proyectos con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes que se presenten.
El monto máximo a otorgar es de dieciséis millones novecientos cincuenta mil pesos ($16.950.000) por proyecto, de acuerdo a la ubicación geográfica del festival, así:
Para festivales en:
1. América: hasta siete millones novecientos diez mil pesos ($7.910.000)
2.Europa: hasta once millones trescientos mil pesos ($11.300.000)
3. Asia, África y Oceanía: hasta dieciséis millones novecientos cincuenta mil pesos ($16.950.000)
4. Para el caso de festivales en Colombia, se otorgarán hasta tres millones de pesos ($3.000.000) para películas en Cartagena y un millón ciento treinta mil pesos ($1.130.000) para películas en otros festivales nacionales aprobados.
Cada película podrá obtener, en toda su vida, máximo siete (7) estímulos: tres (3) para festivales fuera de Colombia y cuatro (4) para festivales en Colombia.
El estímulo se otorgará mediante el reembolso del 100% del valor de las facturas presentadas de los costos elegibles que se enuncian a continuación y que deben estar incluidos específicamente en el presupuesto:
1. Diseño e impresión de materiales promocionales. El tope máximo de desembolso sumando todos los materiales promocionales no podrá ser superior al 20% del estímulo.
2. Elaboración de traducciones del material promocional. Este costo elegible será reembolsado una única vez por idioma.
3. Elaboración de traducciones de la película. Este costo elegible será reembolsado una única vez por idioma.
4. Subtitulaje de la película. Este costo elegible será reembolsado una única vez por idioma.
5. Elaboración de copias y multicopiados (todos los formatos).
6. Tiquetes en avión, tren, autobús y/o barco (clase económica) para los siguientes cargos colombianos: director(es), productor, coproductor(es) y actores o personajes principales. No se pagarán transportes dentro de las ciudades ni traslados de y hasta aeropuertos.
7. Transporte internacional de copias de la película.
8. Alojamiento en la ciudad del Festival para los siguientes cargos colombianos: director(es), productor, coproductor(es) y actores o personajes principales. Se reembolsará máximo cuatrocientos dólares (US$400) por persona.
Todos los costos relacionados en el presupuesto y presentados en el informe deben corresponder a productos y servicios proporcionados por personas naturales y/o jurídicas diferentes a los beneficiarios del estímulo automático y sus representantes legales.
No se requiere celebración de contrato regulador de estímulos. Sin embargo, y sin perjuicio de todos los controles pertinentes, la participación del proyecto en la convocatoria se entiende como una aceptación expresa de sus términos y condiciones, vinculantes para todos los efectos legales.
Reembolso significa que las facturas y/o cuentas de cobro, éstas últimas cuando sean permitidas, ya han sido pagadas; por lo tanto, Proimágenes Colombia solicitará los soportes de los costos elegibles pagados previamente por los beneficiarios. Proimágenes no reembolsará facturas ni cuentas de cobro por gastos que no se hayan llevado a cabo o no se utilicen (tiquetes, alojamiento, entre otros).
Para conocer cómo se realiza la acreditación de gastos, por favor revise el enlace Instructivo de acreditación de gastos.
QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR | NO PUEDEN PARTICIPAR |
Productores cinematográficos colombianos: Personas naturales o personas jurídicas que sean empresas cinematográficas colombianas, de conformidad con la definición establecida en la presente convocatoria. En caso de coproducciones nacionales, quien participa es el productor colombiano que tenga el mayor porcentaje de la película. Esta convocatoria entiende como Productor a la persona natural o jurídica que tiene la iniciativa, la coordinación y la responsabilidad de la producción de la obra cinematográfica. Es el responsable de los contratos con todas las personas y entidades que intervienen en la realización de la obra (Ley 23 de 1982) y es quien detenta los derechos patrimoniales de la obra. Revisar Glosario de término. | Sin perjuicio de otras restricciones generales establecidas en esta convocatoria, no pueden participar en esta categoría: - Los proyectos que hayan obtenido estímulos en esta misma categoría en siete (7) ocasiones, con independencia al año de la convocatoria a la que hubieran postulado. - Quienes estén incursos en alguna de las restricciones generales establecidas en esta convocatoria y quienes no cumplan con las exigencias específicas para participar. Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria. |
| REQUISITOS FESTIVALES | Persona Natural | Persona Jurídica |
1. | INFORMACIÓN DEL PROYECTO. (FORMULARIO DILIGENCIABLE EN LÍNEA) | SÍ | SÍ |
2. | CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL PRODUCTOR PARTICIPANTE, POR AMBAS CARAS. EN EL CASO DE PERSONAS JURÍDICAS, LA DEL REPRESENTANTE LEGAL. (DOCUMENTO EN PDF) | SÍ | SÍ |
3. | CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA EMPRESA PRODUCTORA PARTICIPANTE, EXPEDIDO CON FECHA NO MAYOR A 30 DÍAS AL MOMENTO DEL ENVÍO DEL PROYECTO. LA PERSONA JURÍDICA DEBE ESTAR ACTIVA Y TENER MATRÍCULA MERCANTIL RENOVADA. (DOCUMENTO EN PDF) | NO | SÍ |
4. | CARTA DE INVITACIÓN Y/O COMUNICACIÓN EMITIDA POR EL FESTIVAL DONDE SE ESPECIFIQUE: SECCIÓN EN LA QUE ESTÁ INVITADA LA PELÍCULA, COSTOS QUE ASUME LA ORGANIZACIÓN, LUGAR Y FECHA DEL EVENTO. LAS CARTAS EN IDIOMA DIFERENTE AL CASTELLANO DEBERÁN ADJUNTAR LA TRADUCCIÓN CORRESPONDIENTE. (DOCUMENTO EN PDF) | SÍ | SÍ |
5. | RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER DE PRODUCTO NACIONAL DE LA OBRA CINEMATOGRÁFICA. ESTE DOCUMENTO LO EMITE LA DIRECCIÓN DE AUDIOVISUALES, CINE Y MEDIOS INTERACTIVOS DEL MINISTERIO DE CULTURA Y LA EXPEDICIÓN DEL MISMO PUEDE TOMAR MÁS DE 15 DÍAS HÁBILES (INFORMACIÓN Y REQUISITOS EN https://cineproducto.mincultura.gov.co/). NO SE ACEPTARÁN CERTIFICACIONES DE DOCUMENTO EN TRÁMITE. (DOCUMENTO EN PDF) | SÍ | SÍ |
6. | PRESUPUESTO DETALLADO DE LOS COSTOS NECESARIOS PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA PELÍCULA EN EL FESTIVAL. DEBE INCLUIR LOS COSTOS ELEGIBLES. REVISE MODELO DE PRESUPUESTO. | SÍ | SÍ |
Una vez recibido el proyecto a través de la plataforma en línea, Proimágenes revisará los documentos enviados para verificar que cumplan con todos los requisitos y condiciones exigidas, así como la veracidad de los documentos que considere pertinentes. Proimágenes Colombia podrá solicitar aclaraciones.
Proimágenes Colombia se tomará ocho (8) días calendario contados a partir del día en que se haga la postulación del proyecto para hacer esta revisión.
Los concursantes que no presenten uno o varios de los requisitos, serán informados al correo electrónico reportado en el registro en línea y podrán enviar los documentos faltantes a través de la plataforma durante un plazo de ocho (8) días calendario después del recibo de la comunicación de Proimágenes Colombia. No se aceptarán proyectos ni documentos enviados con posterioridad a los plazos estipulados, ni por vías diferentes a la plataforma en línea.
Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria.
Se recomienda postular el proyecto con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes.
Una vez recibida la acreditación de gastos, Proimágenes Colombia revisará la documentación de acuerdo a lo indicado en el Instructivo de acreditación de gastos, al presupuesto presentado en el proyecto y a los términos de la convocatoria. Proimágenes Colombia podrá solicitar aclaraciones sobre los documentos presentados.
Recuerde que debe presentar un único informe con la acreditación de gastos.
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