Dirigida a la participación internacional de películas colombianas (largometraje y cortometraje), que sean nominadas a los premios cinematográficos elegidos por el CNACC para el año 2023. Los premios podrán ser atendidos de manera presencial o virtual.
Para acceder a este estímulo el productor deberá:
1. Registrarse en el aplicativo en línea y aceptar términos y condiciones.
2. Postular a través del aplicativo en línea el proyecto con todos los requisitos solicitados a más tardar quince (15) días calendario después de la finalización del evento, en cualquier caso deberá postular antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Recomendamos hacer esta postulación con anterioridad.
3. Enviar al correo electrónico informes@proimagenescolombia.com, un único informe de acreditación de gastos dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de terminación del evento. Para preparar esta documentación, es indispensable que consulte el Instructivo de acreditación de gastos.
Los plazos mencionados no son prorrogables y en caso de no cumplirlos se pierde el estímulo.
Apertura | Cierre |
Lunes 2 de enero de 2023 | Viernes 15 de diciembre de 2023 |
La plataforma en línea para la postulación de proyectos quedará deshabilitada a las 5:00p.m., hora legal de la República de Colombia (UTC/GMT-5), del día de cierre. Se recomienda realizar la postulación de proyectos con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes que se presenten.
1. Estímulos hasta de un millón de pesos ($1.000.000) por película nominada oficialmente por los siguientes premios cinematográficos:
PREMIOS MACONDO |
2. Estímulos hasta de diecisiete millones de pesos ($17.000.000) por película colombiana nominada oficialmente por los siguientes premios cinematográficos:
PREMIOS QUIRINO DE LA ANIMACIÓN IBEROAMERICANA |
Con la postulación del proyecto deberá adjuntarse la carta de nominación oficial emitida por las organizaciones de los premios listados anteriormente. Para éstos, el estímulo se hará efectivo mediante el reembolso del 100% del valor de las facturas presentadas de los costos elegibles.
3. Estímulos hasta de treinta y cuatro millones de pesos ($34.000.000) por película colombiana postulada oficialmente por la Academia Colombiana de Artes y Ciencias Cinematográficas a los siguientes premios cinematográficos:
PREMIOS GOYA (2024) | PREMIOS PLATINO | PREMIOS ARIEL |
Este estímulo será otorgado de la siguiente manera:
1. Un primer desembolso de hasta veinte millones de pesos ($20.000.000) a la película colombiana postulada oficialmente por la Academia Colombiana de Artes y Ciencias Cinematográficas, para representar al país en las categorías en las que la película sea nominada en los Premios Goya, Ariel y/o Platino.
2. Un segundo desembolso hasta de catorce millones de pesos ($14.000.000) mediante el reembolso del 100% del valor de las facturas presentadas de los costos elegibles, sólo si la película es nominada oficialmente por la Academia correspondiente a los Premios Goya, Ariel y/o Platino.
El reembolso de este segundo pago se hará previa presentación de la carta oficial de invitación de la Academia correspondiente, la cual deberá ser entregada por el productor a Proimágenes Colombia dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la nominación oficial. En caso de no recibir tal carta, se entiende que el beneficiario no podrá acceder al segundo desembolso, lo cual declara aceptar y conocer el participante.
4. Un estímulo de hasta noventa millones de pesos ($90.000.000) a la película colombiana postulada oficialmente por la Academia Colombiana de Artes y Ciencias Cinematográficas al siguiente premio cinematográfico:
PREMIOS OSCAR 2024 |
Este estímulo será otorgado de la siguiente manera:
1. Un primer desembolso de hasta setenta millones de pesos ($70.000.000) a la película colombiana postulada oficialmente por la Academia Colombiana de Artes y Ciencias Cinematográficas, para representar al país en la categoría de mejor película en los Premios Oscar.
2. Un segundo desembolso hasta de veinte millones de pesos ($20.000.000) mediante el reembolso del 100% del valor de las facturas presentadas de los costos elegibles, sólo si la película es nominada oficialmente en la categoría de mejor película extranjera por la Academia correspondiente a los Premios Oscar.
El reembolso de este segundo pago se hará previa presentación de la carta oficial de invitación de tal Academia, la cual deberá ser entregada por el productor a Proimágenes Colombia dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la nominación oficial. En caso de no recibir tal carta, se entiende que el beneficiario no podrá acceder al segundo desembolso, lo cual declara aceptar y conocer el participante.
- Diseño e impresión de materiales promocionales. El tope máximo de reembolso sumando todos los materiales promocionales no podrá ser superior al 20% del estímulo.
- Elaboración de traducciones del material promocional. Este costo elegible será reembolsado una única vez por idioma.
- Elaboración de traducciones de la película. Este costo elegible será reembolsado una única vez por idioma.
- Subtitulaje de la película. Este costo elegible será reembolsado una única vez por idioma.
- Pauta en medios especializados.
- Elaboración de copias y multicopiados (todos los formatos).
- Tiquetes en avión, tren, autobús y/o barco (clase económica) para los siguientes cargos colombianos: director(es), productor, coproductor(es), actores principales y/o cargos nominados. No se pagarán transportes dentro de las ciudades.
- Transporte internacional de copias.
- Alojamiento en la ciudad del evento para los siguientes cargos colombianos: director(es), productor, coproductor(es), actores o personajes principales y/o cargos nominados. Se reembolsará máximo cuatrocientos dólares (US$400) por persona.
- Relacionista público internacional. Únicamente para el Premio Oscar.
Todos los costos relacionados en el presupuesto y presentados en el informe deben corresponder a productos y servicios proporcionados por personas naturales y/o jurídicas diferentes a los beneficiarios del estímulo automático y sus representantes legales.
Reembolso significa que las facturas y/o cuentas de cobro, estas últimas cuando sean permitidas, ya han sido pagadas; por lo tanto, Proimágenes Colombia solicitará los soportes de los costos elegibles pagados previamente por los beneficiarios. Proimágenes no reembolsará facturas ni cuentas de cobro por gastos que no se hayan llevado a cabo o no se utilicen (tiquetes, alojamiento, entre otros).
Para conocer cómo se realiza la acreditación de gastos por favor revise el enlace Instructivo de acreditación de gastos.
QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR Productores cinematográficos colombianos: Personas naturales o personas jurídicas que sean empresas cinematográficas colombianas, de conformidad con la definición establecida en la presente convocatoria. En caso de coproducciones nacionales, quien participa es el productor colombiano que tenga el mayor porcentaje de la película. Esta convocatoria entiende como Productor a la persona natural o jurídica que tiene la iniciativa, la coordinación y la responsabilidad de la producción de la obra cinematográfica. Es el responsable de los contratos con todas las personas y entidades que intervienen en la realización de la obra (Ley 23 de 1982) y es quien detenta los derechos patrimoniales de la obra. Revisar Glosario. | NO PUEDEN PARTICIPAR Quienes estén incursos en alguna de las restricciones generales establecidas en esta convocatoria y quienes no cumplan con las exigencias específicas para participar. Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria. |
| REQUISITOS PREMIOS CINEMATOGRÁFICOS | Persona Natural | Persona Jurídica |
1. | INFORMACIÓN DEL PROYECTO. (FORMULARIO DILIGENCIABLE EN LÍNEA) | SÍ | SÍ |
2. | CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL PRODUCTOR PARTICIPANTE, POR AMBAS CARAS. EN EL CASO DE PERSONAS JURÍDICAS, LA DEL REPRESENTANTE LEGAL. (DOCUMENTO EN PDF) | SÍ | SÍ |
3. | CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA EMPRESA PRODUCTORA PARTICIPANTE, EXPEDIDO CON FECHA NO MAYOR A 30 DÍAS AL MOMENTO DEL ENVÍO DEL PROYECTO. LA PERSONA JURÍDICA DEBE ESTAR ACTIVA Y TENER MATRÍCULA MERCANTIL RENOVADA. (DOCUMENTO EN PDF) | NO | SÍ |
4. | CARTA Y/O COMUNICACIÓN DE NOMINACIÓN O POSTULACIÓN ASÍ:
| SÍ | SÍ |
5. | COPIA DE LA RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER DE PRODUCTO NACIONAL DE LA OBRA CINEMATOGRÁFICA. ESTE DOCUMENTO LO EMITE LA DIRECCIÓN DE AUDIOVISUALES, CINE Y MEDIOS INTERACTIVOS DEL MINISTERIO DE CULTURA Y LA EXPEDICIÓN DEL MISMO PUEDE TOMAR MÁS DE 15 DÍAS HÁBILES (INFORMACIÓN Y REQUISITOS EN https://cineproducto.mincultura.gov.co/). NO SE ACEPTARÁN CERTIFICACIONES DE DOCUMENTO EN TRÁMITE. | SÍ | SÍ |
6. | PRESUPUESTO DETALLADO DE LOS COSTOS NECESARIOS PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA PELÍCULA EN EL EVENTO. DEBE INCLUIR LOS COSTOS ELEGIBLES. REVISE MODELO DE PRESUPUESTO. (DOCUMENTO EN PDF) | SÍ | SÍ |
7. | PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PELÍCULA EN EL PREMIO CINEMATOGRÁFICO. | SÍ | SÍ |
Además de los compromisos mínimos establecidos, con su participación el beneficiario se obliga a cumplir con los siguientes:
- El beneficiario de esta modalidad que asista a los premios Oscar, Platino, Ariel y Goya deberá suscribir un contrato con Proimágenes Colombia.
- El representante legal de las personas jurídicas beneficiarias se obligará solidariamente con el beneficiario, por las obligaciones que se deriven de la presente
convocatoria y del contrato respectivo, sin perjuicio de demostrar que cuentan con todas las autorizaciones legales y estatutarias respectivas para suscribir el contrato.
Una vez recibido el proyecto a través de la plataforma en línea, Proimágenes revisará los documentos enviados para verificar que cumplan con todos los requisitos y condiciones exigidas así como la veracidad de los documentos que considere pertinentes. Proimágenes Colombia podrá solicitar aclaraciones.
Proimágenes Colombia se tomará ocho (8) días calendario contados a partir del día en que se haga la postulación del proyecto para hacer esta revisión.
Los concursantes que no presenten uno o varios de los requisitos, serán informados al correo electrónico reportado en el registro en línea y podrán enviar los documentos faltantes únicamente a través de la plataforma en línea durante un plazo de ocho (8) días calendario después del recibo de la comunicación de Proimágenes Colombia. No se aceptarán proyectos ni documentos enviados con posterioridad a los plazos estipulados, ni por vías diferentes a la plataforma en línea.
Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria.
Se recomienda postular el proyecto con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes.
Una vez recibida la acreditación de gastos, Proimágenes Colombia revisará la documentación de acuerdo a lo indicado en el Instructivo de acreditación de gastos, al presupuesto presentado en el proyecto y a los términos de la convocatoria. Proimágenes Colombia podrá solicitar aclaraciones sobre los documentos presentados.
Proimágenes Colombia se tomará ocho (8) días hábiles contados a partir del día en que se radique la acreditación de gastos para hacer esta revisión.
Recuerde que debe presentar un único informe con la acreditación de gastos.
Todos nuestos contenidos están protegidos por el derecho internacional. El uso de este sitio web constituye la aceptación de los Términos y Condiciones de uso.
Consulte nuestra Política de Tratamiento de la Información. Si desea usar información que está publicada en este sitio, deberá citar siempre a www.proimagenescolombia.com como fuente.