Estímulos por Concurso

Preguntas Frecuentes


GENERALES
  • ¿Cómo puedo participar en la Convocatoria FDC?

    Para una postulación exitosa, por favor lea las reglas de participación y las bases de la modalidad en la que desea participar. Para conocer los pasos de postulación de proyectos y las etapas del concurso consulte la información publicada en etapas de concurso aquí

  • ¿Cómo funciona el registro en la plataforma de la Convocatoria FDC?

    Usted puede registrarse como persona natural o persona jurídica, según el tipo de concursante que sea. En ambos casos debe ser una persona colombiana. Tenga en cuenta que el usuario se registra en la plataforma del FDC con su número de identificación: cédula o NIT, más nombre y apellido (o razón social, en caso de personas jurídicas) y correo electrónico, y diligenciando un formulario. Los datos registrados y la contraseña pueden ser actualizados en cualquier momento por el concursante. La plataforma lo identificará a usted por la cédula de la persona natural concursante o NIT de la empresa concursante.

  • ¿Puedo presentarme a la convocatoria siendo colombiano, pero viviendo en el exterior?

    Sí, puede presentarse siendo una persona natural colombiana residente en el exterior.

  • ¿Pueden participar extranjeros en la convocatoria?

    La Convocatoria solo está abierta para personas naturales y personas jurídicas colombianas (ver definición en el glosario que encuentra en las Reglas de la Convocatoria). Los proyectos postulados no pueden incluir directores ni codirectores extranjeros. Una empresa colombiana, sin embargo, puede tener un representante legal extranjero.

  • ¿Es necesario estar registrado como productor ante el Ministerio de Cultura para participar en la Convocatoria?

    No, no es necesario estar registrado ante el Ministerio de Cultura para participar en la Convocatoria del FDC.

  • ¿Puedo postularme a más de una modalidad?

    Sí, puede hacerlo. Tenga en cuenta que un mismo proyecto sólo puede ser presentado en una modalidad y que un mismo concursante puede postularse en distintas modalidades con distintos proyectos.
     

  • Para las personas nuevas en la presentación de proyectos a la Convocatoria ¿hay algún tipo de asesoría complementaria?

    Aparte de los canales dispuestos para resolver dudas y preguntas de los concursantes, no hay asesoría complementaria ni revisión previa de documentos durante el proceso de postulación. Las reglas, bases y requisitos de la Convocatoria publicadas en www.convocatoriafdc.com son la guía para una postulación exitosa, por esto la recomendación principal es leer estos textos. Si tiene preguntas puntuales o desea aclaraciones sobre las bases y requisitos, puede realizarlas a través de la plataforma en la casilla de Contáctenos. Adicionalmente, puede participar en las sesiones de preguntas y respuestas que se realizarán de manera virtual

  • ¿A qué se refiere el requisito de: Enlace en Vimeo o Youtube con propuesta audiovisual de la película?

    Este requisito se refiere a la presentación de material audiovisual que dé cuenta del ambiente y atmósfera de la película. Es la oportunidad para que el director muestre brevemente la idea que quiere realizar. Los concursantes pueden utilizar múltiples recursos que le permitan revelar su idea audiovisual. Este requisito pretende brindar al comité evaluador herramientas de evaluación en cuanto al universo y ambiente audiovisual de la propuesta. También se puede presentar un teaser si es el material que tienen disponible. No se entiende como inicio de rodaje. El requisito no exige casting ni scouting, sólo se refiere a la línea audiovisual que va a desarrollar el director.
     

  • ¿Cuál es el tamaño máximo que permite la plataforma de postulación para los archivos en PDF?

    El tamaño máximo permitido es de 10 MB.

  • ¿Es necesario tener Resolución de Proyecto Nacional para presentarse a la Convocatoria en las modalidades de producción, escritura de guion o realización de cortometrajes?

    No es necesario tener la Resolución de Proyecto Nacional para participar en la Convocatoria de estímulos por concurso.

  • ¿Se puede modificar el formato de presupuesto Anexo 4?

    El formato Anexo 4 es obligatorio en todas las modalidades que así lo indican, sin embargo permite incluir o eliminar filas, modificar los nombres de los cargos o rubros de las casillas según los requerimientos específicos de los proyectos. No se deben eliminar columnas y el formato está formulado, así que de hacer ajustes, deberán revisar las fórmulas. Lo importante es usar el formato con las columnas establecidas y la estructura propuesta.

  • ¿Cómo diligenciar el Anexo 7- Certificación de uso de obras cuando lo solicitan en las convocatorias de Relatos regionales, Animación, Ficción, Documental?

    Este formato se llena siguiendo las instrucciones y ayudas puestas en el documento mismo. Se diligencian los espacios marcados entre paréntesis cuadradas, reemplazando las letras azules con la información del concursante y la del proyecto. También se diligencian los espacios de ciudad y fecha, y por último se firma el formato.
    Hay que tener claridad sobre quién tiene los derechos patrimoniales de las obras, si es una persona natural o una persona jurídica. Para esto hay disponibles anexos que sirven según sea el caso: Anexo 7A, B, C, D, E, F, G o H.

    -En Ficción es obligatorio el formato para los derechos patrimoniales del guion.
    -En Animación es obligatorio diligenciar los formatos para los derechos patrimoniales del guion, diseño de personajes, diseño de escenarios.
    -En Documental, Cortometrajes de poblaciones étnicas y Largometrajes para la equidad racial, es obligatorio diligenciar el formato para certificar los derechos de uso de las imágenes, los documentos, las intervenciones, la imagen de personas, y/u obras de cualquier género que se registren con destino a la producción de la película.

    El formato debe ser firmado por el o los titular(es) de los derechos patrimoniales de las obras incluidas en el proyecto y por el concursante, ya sea persona natural o persona jurídica; en los formatos para Documental, Cortometrajes de poblaciones étnicas y Largometrajes para la equidad racial, firma el productor concursante.
    Importante: Quien firma a nombre de una persona jurídica es el representante legal de la empresa.
     

  • ¿Cómo diligenciar el Anexo 7- Certificación de uso de obras cuando lo solicitan en las convocatorias de Relatos regionales, Animación, Ficción, Documental?

    Este formato se llena siguiendo las instrucciones y ayudas puestas en el documento mismo. Se diligencian los espacios marcados entre paréntesis cuadradas, reemplazando las letras azules con la información del concursante y la del proyecto. También se diligencian los espacios de ciudad y fecha y, por último, se firma el formato.
    Hay que tener claridad sobre quién tiene los derechos patrimoniales de las obras, si es una persona natural o una persona jurídica. Para esto hay disponibles anexos que sirven según sea el caso: Anexo 7A, B, C, D, E, F, G o H.

    -En Ficción es obligatorio el formato para los derechos patrimoniales del guion.
    -En Animación es obligatorio diligenciar los formatos para los derechos patrimoniales del guion, diseño de personajes y diseño de escenarios.
    -En Documental, Cortometrajes de poblaciones étnicas y Largometrajes para la equidad racial, es obligatorio diligenciar el formato para certificar los derechos de uso de las imágenes, los documentos, las intervenciones, la imagen de personas y/u obras de cualquier género que se registren con destino a la producción de la película.

    El formato debe ser firmado por el(los) titular(es) de los derechos patrimoniales de las obras incluidas en el proyecto y por el concursante, ya sea persona natural o persona jurídica; en los formatos para Documental, Cortometrajes de poblaciones étnicas y Largometrajes para la equidad racial, firma el productor concursante.
    Importante: Quien firma a nombre de una persona jurídica es el representante legal de la empresa.
     

  • ¿Cómo sé si he sido preseleccionado para un encuentro con el Comité evaluador?

    Proimágenes Colombia publicará en convocatoriafdc.com las listas de los proyectos preseleccionados. Adicionalmente, enviará correos electrónicos a los concursantes con proyectos preseleccionados. Estos mensajes serán enviados al correo electrónico registrado en la plataforma de postulación en los días previos a la publicación de las listas de proyectos preseleccionados.
    Por favor revise los puntos 4 y 5 de la sección ETAPAS DE CONCURSO aquí: http://www.convocatoriafdc.com/ver_etapas_revision_seleccion.

  • ¿Cómo se realiza la entrega de estímulos?

    Los estímulos del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico se legalizan con la firma de un contrato con Proimágenes Colombia. El estímulo se otorga por medio de desembolsos en las diferentes etapas del proyecto, una vez exista conformidad y aprobación por parte de Proimágenes Colombia sobre los informes de carácter financiero, contable, contractual, de ejecución o documental presentados por el beneficiario. El contrato es un documento en el que se estipulan los derechos y obligaciones del beneficiario. Le invitamos a leer en la plataforma la información relativa a: Reglas de la convocatoria, Glosario de términos, Compromisos mínimos de los beneficiarios aquí: http://www.convocatoriafdc.com/reglas_convocatoria, Instructivo de acreditación de gastos y Compromisos específicos de los beneficiarios (publicados en cada modalidad).
     

  • ¿Qué tan problemático es hacer un cambio en el personal artístico o técnico del proyecto reportado en el registro del proyecto en la plataforma de la convocatoria?

    Según los compromisos mínimos de los beneficiarios publicados en la Convocatoria, estos deben destinar el estímulo con exclusividad al proyecto seleccionado por el CNACC, cumplir con las características generales y particulares del proyecto y destinar los recursos con exclusividad a las líneas de gastos incluidas en el presupuesto presentado con el proyecto. Adicionalmente, debe cumplir con la ejecución de los diversos componentes creativos, de contenido, artísticos, técnicos, económicos de producción o coproducción del proyecto al que le fue otorgado el estímulo, dentro del plazo estipulado en el contrato.
    Como se estipula en la sección de Compromisos mínimos en las Reglas de la convocatoria, los beneficiarios del estímulo del FDC se obligan a lo siguiente:
    “6.4. Cumplir el proyecto postulado y destinar el estímulo del FDC a ese fin, de acuerdo con las reglas de la convocatoria, estipulaciones y plazos del Contrato Regulador del Estímulo.
    En ningún caso podrá cambiarse el género de la obra ni su director, si el Proyecto se refiere a una obra audiovisual.
    Es aceptado que, si el CNACC encuentra un cambio sustancial del proyecto durante la ejecución contractual, podrá cancelar el estímulo, ordenar la terminación del contrato y exigir los reembolsos y pagos por incumplimiento contractual.”
     

  • ¿Cómo es el pago del estímulo? ¿Cómo es el contrato?

    Los estímulos del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico se legalizan con la firma de un contrato con Proimágenes Colombia. El estímulo se otorga por medio de desembolsos en las diferentes etapas del proyecto y una vez exista conformidad y aprobación por parte de Proimágenes Colombia sobre los informes de carácter financiero, contable, contractual, de ejecución o documental presentados por el beneficiario. El contrato es un documento en el que se estipulan los derechos y obligaciones del beneficiario. Debe leer en la plataforma la información relativa a: Reglas de la convocatoria, Glosario, Instructivo de acreditación de gastos y Compromisos mínimos de los beneficiarios.

  • ¿Cuáles son los impuestos y retenciones del estímulo?

    La normativa vigente respecto a las retenciones a estímulos otorgados en el marco de la Ley 397 de 1997 ha cambiado. De acuerdo a la reglamentación vigente, Proimágenes Colombia debe practicar retención en la fuente sobre los desembolsos correspondientes a los estímulos del FDC. El porcentaje de retención será de 2,5% a los beneficiarios que estén obligados a declarar renta y del 3,5% a los beneficiarios que no estén obligados a declarar renta. Esta retención corresponde a "Otros ingresos" y sobre las sumas retenidas se expedirán los certificados respectivos. Esto aplica para todos los estímulos del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico. Para mayor información, consultar el Oficio 011536 del 4 de abril de 2018 aquí: https://www.dian.gov.co/normatividad/doctrina/Paginas/DireccionGestionJuridica.aspx

  • Como el formato de presupuesto no considera el IVA ni las deducciones legales que hacen en estos casos, ¿dónde lo incluimos?

    Los valores que ustedes incluyan en el presupuesto tienen que incluir IVA si es el caso.

  • El requisito de Nota del director dice tres (3) páginas, ¿son tres páginas obligatorias o tres páginas máximo?

    El requisito dice tres páginas como medida de referencia. Se recomienda esa longitud, sin embargo el concursante puede presentar más o menos páginas.

  • ¿Cómo es el procedimiento para sacar la certificación de Producto Nacional? ¿Qué elementos se tienen en cuenta para que cumpla esos requisitos?

    Por favor consulte directamente con la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos del Ministerio de Cultura, que es el ente encargado de este procedimiento. La expedición de este documento puede tomar más de 15 días hábiles.

  • ¿Se pueden incluir los honorarios del equipo creativo en el presupuesto? ¿Cómo se calculan estos honorarios?

    Sí, se deben incluir los honorarios del equipo creativo dentro del presupuesto y todos aquellos costos necesarios para la realización del proyecto. Debe tener en cuenta que en caso de resultar beneficiario, solo se podrán aceptar los gastos que usted haya reportado en el presupuesto del proyecto, así que los gastos que no estén allí no podrán ser pagados con dineros del FDC. El monto destinado para los honorarios del equipo creativo hace parte de las negociaciones privadas del productor, Proimágenes Colombia no tiene ninguna injerencia ni responsabilidad en estas negociaciones.

  • ¿Hay impedimentos si en el equipo de producción hay familiares?

    La Convocatoria no tiene ninguna restricción respecto a la participación de familiares del concursante en los equipos de producción. Puede consultar el enlace Reglas de la convocatoria y glosario de términos, donde podrá conocer con mayor detalle quienes y qué proyectos no pueden concursar.

  • ¿Cuánto se demora el primer desembolso luego de ser publicados los resultados?

    Los desembolsos se realizan dependiendo de la modalidad y teniendo en cuenta las condiciones que se pactan por contrato. La firma del contrato debe celebrarse entre Proimágenes y el beneficiario a más tardar 20 días hábiles después de la fecha de la comunicación de ganadores por parte de Proimágenes Colombia.

FICCIÓN

Posproducción de largometrajes

  • ¿El corte de edición puede ser de menos de 70 minutos?

    No, debe ser mínimo de 70 minutos o más. Este estímulo es para largometraje y la ley colombiana indica que los largos deben ser de mínimo 70 minutos, así que el corte requerido debe coincidir con esa duración y en ese tiempo contar la historia de principio a fin para que los evaluadores puedan tener suficiente información de la película.
     

  • ¿En posproducción se puede presupuestar hasta una sola copia?

    En esta modalidad, la película debe llegar a copia final master DCP que cumpla el estándar DCI con sonido digital 5.1.

  • ¿Los gastos de posproducción se pueden realizar fuera del país?

    Los compromisos específicos de esta modalidad estipulan que los estímulos del FDC para posproducción deben contratarse con empresas constituidas en Colombia o con personas naturales colombianas. Si se presenta alguna imposibilidad técnica o de disponibilidad, deden demostrarlo para poder realizar el gasto en el exterior.

Realización de cortometrajes

Escritura de guión para largometraje

Producción de Largometrajes- Categoria 1

Producción de Largometrajes- Categoria 2

ANIMACIÓN

Realización de cortometrajes

Producción de largometrajes

DOCUMENTAL

Posproducción de largometrajes

Realización de cortometrajes

Desarrollo de proyecto

FORMACIÓN

Formación para el sector cinematográfico

COPRODUCCIONES MINORITARIAS
REGIONALES Y ÉTNICOS

Realización de cortometrajes: Relatos Regionales

CIRCULACIÓN A TRAVES DE FESTIVALES
  • ¿El cronograma de actividades debe ser de las actividades puntuales del proyecto o de todo el festival? 

    El requisito de cronograma de actividades se refiere a todas las actividades previstas para la realización del proyecto en el marco del festival. Debe ser un cronograma general de la propuesta que incluya actividades previas al festival o muestra así como las actividades detalladas del proyecto mismo durante el festival. Esto con el objetivo de tener el panorama de actividades a realizarse durante el año y durante el festival. 

ESTÍMULOS AUTOMÁTICOS

Estímulos Automáticos

Promoción de largometrajes

Participación en eventos

Distribución